delegado de protección de datos
Delegado de protección de datos externo para tu empresa
Te ponemos en contacto con una consultoría especializada que asume la función de delegado con la cualificación y la independencia que exige el RGPD. La solicitud no tiene coste ni compromiso.
01 · Qué incluye
Qué funciones asume el delegado externo
Son las funciones que el artículo 39 del RGPD atribuye al delegado. La consultoría especializada detalla en su presupuesto cómo las cubre.
01
Informar y asesorar
A la dirección y a la plantilla que trata datos, sobre sus obligaciones en protección de datos.
02
Supervisar el cumplimiento
Revisa que las políticas se aplican, asigna responsabilidades y promueve la formación y las auditorías.
03
Evaluaciones de impacto
Asesora cuando un tratamiento exige evaluación de impacto y supervisa cómo se aplica.
04
Relación con la AEPD
Coopera con la autoridad de control y actúa como su punto de contacto.
05
Atención a las personas
Las personas cuyos datos trata la empresa pueden dirigirse al delegado para ejercer sus derechos.
06
Comunicación de la designación
La designación del delegado se comunica a la AEPD, como exige el artículo 34 de la LOPDGDD.
02 · Ventajas
Delegado de protección de datos: ventajas para tu empresa industrial
Cumples la obligación sin crear un puesto
Si el RGPD o la LOPDGDD obligan a tu empresa a tener delegado, el servicio externo cubre la función sin contratar a una persona en plantilla.
La independencia que exige la norma
El RGPD prohíbe dar instrucciones al delegado sobre sus funciones. Un delegado externo encaja con naturalidad en esa exigencia.
Un interlocutor ante la AEPD
El delegado es el punto de contacto con la Agencia Española de Protección de Datos y coopera con ella cuando pide información o inspecciona.
Criterio actualizado
La consultoría sigue los criterios de la AEPD y los cambios normativos, y los traslada a tus tratamientos.
03 · Cómo funciona
Cómo abordamos tu proyecto de delegado de protección de datos
- Art. 1
Recibimos tu solicitud
Nos indicas el sector, la plantilla y si ya tienes documentación de protección de datos o un delegado designado.
- Art. 2
Te ponemos en contacto con la consultoría
Trasladamos tu solicitud a una consultoría especializada en protección de datos que ofrece el servicio de delegado externo.
- Art. 3
Recibes el presupuesto
La consultoría valora si estás obligado a designar delegado y te presenta el presupuesto con el alcance del servicio por escrito.
- Art. 4
Te acompañamos hasta la firma
Te ayudamos con las dudas hasta que formalizas el contrato directamente con la consultoría.
04 · Normativa
La normativa del delegado de protección de datos
| Norma | Qué regula |
|---|---|
| Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), artículos 37 a 39 | Cuándo es obligatorio designar delegado, qué posición ocupa en la empresa y qué funciones tiene. |
| Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), artículos 34 a 37 | Las entidades que siempre deben tener delegado en España y la comunicación de su designación. |
| Agencia Española de Protección de Datos | La autoridad ante la que se comunica el delegado y con la que este coopera. |
Referencias consultadas en el BOE y en el Diario Oficial de la UE. La aplicación concreta a tu empresa la confirma la consultoría especializada.
05 · Guía
El delegado de protección de datos, también llamado DPD o DPO, es la figura que informa, asesora y supervisa el cumplimiento del RGPD dentro de la empresa. Muchas empresas lo contratan como servicio externo porque no tienen a nadie en plantilla con la cualificación y la independencia que pide la norma.
Te ponemos en contacto con una consultoría especializada en protección de datos que ofrece el servicio de delegado externo. La consultoría valora primero si tu empresa está obligada y después te presenta el presupuesto.
Cuándo es obligatorio el delegado de protección de datos
El artículo 37 del RGPD lo exige a autoridades y organismos públicos, a empresas cuya actividad principal consiste en observar de forma habitual y sistemática a personas a gran escala y a empresas que tratan a gran escala datos sensibles o penales.
En España, el artículo 34 de la LOPDGDD añade una lista de entidades que siempre deben tenerlo. Entre ellas están las entidades de crédito y aseguradoras, los distribuidores y comercializadores de electricidad y gas, los centros sanitarios que llevan historias clínicas, los centros docentes, los colegios profesionales y las empresas de seguridad privada.
Delegado interno o externo
El RGPD permite las dos opciones. Un delegado interno es una persona de la plantilla que debe poder actuar con independencia y sin conflicto de intereses con su otro puesto. Un delegado externo presta la función mediante un contrato de servicios, normalmente con una cuota periódica que incluye consultas, revisiones y la relación con la AEPD.
En una pyme, el delegado externo evita que la función recaiga en alguien de dirección o de informática, dos perfiles que suelen tener conflicto de intereses con la supervisión.
Qué determina el presupuesto del delegado externo
- Volumen y tipo de datos. Los datos de salud, los biométricos o los tratamientos a gran escala exigen más supervisión.
- Número de tratamientos y de centros.
- Estado de la documentación. Si la empresa no está adecuada al RGPD, suele hacer falta un proyecto inicial antes del servicio periódico.
- Dedicación pactada. Consultas incluidas, revisiones al año, formación y atención a las personas.
La consultoría especializada te presenta el presupuesto con el alcance del servicio por escrito. Si quieres conocer antes la figura del delegado, tienes una guía en delegado de protección de datos: obligaciones y funciones.
Normatia no ejecuta directamente el análisis, la implementación ni la verificación del cumplimiento normativo. Esa responsabilidad recae en la consultoría con la que el cliente formaliza el contrato. Normatia tampoco presta asesoramiento jurídico. La aplicación concreta de cada obligación depende de las circunstancias de cada empresa y debe confirmarse con un profesional cualificado.
06 · Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre delegado de protección de datos
Respuestas cortas a lo que más preguntan las empresas antes de pedir presupuesto.
¿El delegado de protección de datos puede ser externo?
Sí. El artículo 37.6 del RGPD permite que el delegado forme parte de la plantilla o que desempeñe sus funciones mediante un contrato de servicios.
¿Mi empresa está obligada a tener delegado de protección de datos?
Depende de la actividad. El artículo 37 del RGPD y el artículo 34 de la LOPDGDD fijan los supuestos. Fuera de ellos, el delegado es voluntario. La consultoría especializada lo valora antes de presentar el presupuesto.
¿Hay que comunicar el delegado a la AEPD?
Sí. La LOPDGDD obliga a comunicar a la Agencia Española de Protección de Datos la designación, el nombramiento y el cese del delegado, tanto si es obligatorio como si es voluntario.
¿El delegado responde de los incumplimientos de la empresa?
La obligación de cumplir es de la empresa como responsable del tratamiento. El delegado informa, asesora y supervisa, y la empresa decide y aplica las medidas.
¿Normatia actúa como delegado de protección de datos?
No. Normatia te pone en contacto con una consultoría especializada. El servicio de delegado lo presta esa consultoría, con la que tu empresa formaliza el contrato.
¿Tiene coste la solicitud a través de Normatia?
No. La solicitud y el acompañamiento hasta la firma no tienen coste ni compromiso. El presupuesto lo presenta la consultoría especializada.
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